La Ley N° 4758/2012 da origen a este fondo de inversión y destina la totalidad de los recursos de la compensación por cesión de energía paraguaya de Itaipú al Brasil, al Fondo Nacional de Inversión Pública (FONACIDE). En sus artículos 13 y 14, establece el régimen de administración del Fondo para la Excelencia.
Los montos recibidos por el Tesoro Público (en US$) son depositados en una cuenta habilitada para el FEEI en el Banco Central del Paraguay (BCP) y son administrados a través de un fideicomiso con la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD). Los recursos se mantienen en moneda de origen según dispone la Resolución N° 63/2017 del Consejo de Administración (CAFEEI).
En 2015
La Ley Nº 5404/2015 redistribuye las compensaciones recibidas de Itaipú como reparación a los municipios del departamento Canindeyú, por la desaparición de los Saltos del Guairá, destinando 3% del total recibido a este efecto. El FONACIDE queda así con el 97% de los ingresos por cesión de energía.
En 2020
Con la Ley N° 6469/2020, que aprueba el presupuesto general de la Nación para el ejercicio fiscal 2020, asigna el 21% del FONACIDE al FEEI.
En el mismo año, la Ley Nº 6628/2020 establece la gratuidad de los cursos de admisión y de grado en todas las universidades públicas del país y en algunos institutos, estableciendo que, de la asignación total de recursos del FONACIDE, el 26% se destina al FEEI.
Para el año fiscal 2021
La Ley N° 6672/2021, que aprueba el presupuesto general de la Nación para el ejercicio fiscal 2021, asigna el 25% del FONACIDE al FEEI.
Para el año fiscal 2022
Se reasigna el 26% del FONACIDE al FEEI según el PGN 2022, levantándose las modificaciones temporales durante la pandemia.
Para el año fiscal 2023
Se mantiene el 26% del FONACIDE al FEEI según el PGN 2023.
Para el año fiscal 2024
La Ley N° 7264/2024 crea el Fondo Nacional de Alimentación Escolar – FONAES; modifica y amplía la Ley N° 5210/2024 «De alimentación escolar y control sanitario» y la Ley N° 6628/2020 de Arancel Cero.
El 80% de los recursos de lo que fuera FONACIDE, incluyendo el FEEI, pasan al FONAES.
El FEEI continúa funcionando hasta utilizar los recursos ya ingresados, previos a la ley del FONAES, con todas sus características. De la Ley N° 4758/2012 se eliminan los artículos 1 al 8, y desde el artículo 9 se regula al FEEI.
El porcentaje asignado al FEEI se distribuye nuevamente en 8 focos de inversión, los cuales son priorizados por la misma ley.
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